Pese a que se han vuelto parte de nuestra vida diaria en los últimos 30 años, las rampas para aquellos que tienen movilidad reducida como las personas discapacitadas o las personas mayores siguen sin existir en muchos edificios a lo largo de toda España, especialmente los más antiguos.
Afortunadamente esto es un problema que poco a poco se va solucionando, ya que la legislación sobre la necesidad de que se instalen rampas en los portales es reforzada constantemente. Frontis es una empresa especialista en este tipo de obra, con experiencia en varias comunidades de vecinos.
La Ley de Propiedad Horizontal aclara en la actualidad en sus artículos 10.1 b) y 17.2 que es obligatorio que las comunidades de propietarios hagan las reformas pertinentes para garantizar que el inmueble carezca de peligros para personas con problemas de movilidad o susceptibles a estos y la supresión de toda barrera arquitectónica y mobiliaria que dificulte el acceso o movilidad a personas discapacitadas. Es por eso que toda comunidad en la que vivan personas mayores de 70 años (independientemente de que tengan o no problemas para caminar o subir escaleras) o una persona que necesite silla de ruedas o ayudas para caminar de cualquier tipo como muletas debe ofrecer como alternativa a las escaleras una rampa.
Sin embargo, cualquier persona fuera de estas condiciones puede, por su cuenta, solicitar la instalación de una rampa en el portal, lo que será sujeto a votación.
Es un importante compromiso de Frontis construir concienzudamente para que la gente con problemas de movilidad tenga todo a su gusto y que la rampa esté hecha de buenos materiales y no acarree problemas a los vecinos.